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ANDEARB Centro de Arbitraje
Correo institucional centrodearbitrajeandearb@gmail.com
ESEN

Tarifario

Los costos del arbitraje comprenden los honorarios y gastos del tribunal arbitral y del secretario, los gastos administrativos de la institución, los honorarios de los peritos y los demás gastos razonables de las actuaciones (Decreto Legislativo 1071, artículo 70).

El Tarifario fija los costos que corresponden a ANDEARB y a los árbitros de sus procedimientos.

Conceptos que se pagan

ConceptoQuién lo percibeOportunidad de pago
Tasa por presentación de la solicitudEl CentroCon la solicitud. No es reembolsable.
Gastos administrativosEl CentroSegún escala de cuantía, al constituirse el tribunal.
Honorarios del tribunal arbitralLos árbitrosMediante anticipos, en proporciones iguales.
Honorarios del secretario arbitralEl secretarioJunto con los honorarios del tribunal.
Peritajes, traducciones y otros gastosTercerosAnticipo específico, cuando el tribunal lo disponga.

Escala por cuantía

La cuantía se expresa en soles. Cada escala arroja el gasto administrativo y el honorario del tribunal, diferenciando árbitro único y tribunal de tres miembros.

EscalaCuantía de la controversia (S/)Gastos administrativosHonorarios — árbitro únicoHonorarios — tres árbitros
AHasta [ ][ ][ ][ ]
BDe [ ] a [ ][ ][ ][ ]
CDe [ ] a [ ][ ][ ][ ]
DDe [ ] a [ ][ ][ ][ ]
EDe [ ] en adelante[ ][ ][ ]
—Cuantía indeterminada[monto fijo][monto fijo][monto fijo]
Pendiente del cliente: cifras de cada escala y los montos fijos para cuantía indeterminada. La calculadora ya está programada y empieza a devolver montos apenas se carguen los valores.

Calcula tu tarifa

Escala aplicable—
Gastos administrativos—
Honorarios del tribunal—

Cálculo referencial. Los montos no incluyen IGV y no constituyen liquidación oficial.

Reglas de aplicación

  • La cuantía se determina por la suma de las pretensiones. La reconvención se acumula para efectos del cálculo.
  • La ampliación o modificación de pretensiones da lugar al reajuste del gasto administrativo y del honorario, en la escala que corresponda.
  • Los montos se expresan en soles y no incluyen el IGV, que se agrega cuando corresponde.
  • Los anticipos se pagan en proporciones iguales. Si una parte no cumple, la otra puede asumirlos; de no hacerlo, el tribunal puede suspender las actuaciones y, transcurrido un plazo razonable, darlas por terminadas (Decreto Legislativo 1071, artículo 72).
  • Los honorarios se fijan de manera razonable atendiendo al monto en disputa, la complejidad del caso y el tiempo dedicado por los árbitros (artículo 71).
  • El laudo determina los costos del arbitraje y su distribución entre las partes (artículos 70 y 73).
  • Tarifario vigenteDesde [DD/MM/AAAA]Descargar