Junta de Prevención y Resolución de Disputas
La JPRD acompaña la ejecución del contrato desde su inicio. Está integrada por uno o tres adjudicadores que visitan la obra, conocen el avance y deciden los desacuerdos apenas aparecen, con decisiones vinculantes y de cumplimiento inmediato.
A diferencia del arbitraje, que interviene cuando la controversia ya paralizó o encareció la obra, la junta está instalada antes de que exista disputa. Su valor está en el tiempo: decide mientras el contrato se ejecuta y sin detenerlo.
La JPRD conoce toda discrepancia, desacuerdo o controversia de contenido contractual o técnico que surja entre las partes durante la ejecución, desde su inicio hasta la entrega o el pago final, y puede conocer la liquidación de la obra si así lo previó la estrategia de contratación. Puede dictar medidas provisionales y de conservación.
Las tres funciones de la junta
| Función | En qué consiste |
|---|---|
| Prevención de desacuerdos | Asiste a las partes a lograr entendimientos y recomienda resolver directamente las circunstancias que puedan originar una disputa. |
| Opinión consultiva | A pedido de una parte, con asentimiento escrito de la otra, absuelve consultas contractuales o técnicas dentro de quince días hábiles. |
| Decisión vinculante | Resuelve la controversia sometida a su conocimiento. |
¿Cómo funciona una JPRD en ANDEARB?
La junta acompaña toda la ejecución del contrato. Estas son las etapas generales de su funcionamiento; los plazos y formalidades los fija el Reglamento de JPRD.
Solicitud y contrato tripartito
Las partes solicitan al Centro la conformación de la junta. La entidad, el contratista y los adjudicadores suscriben el contrato tripartito, que incorpora el Reglamento de JPRD.
Conformación de la JPRD
Se designa a uno o tres adjudicadores, que declaran su independencia e imparcialidad. La junta se instala antes del inicio del plazo de ejecución de la obra.
Visitas, reuniones y opiniones consultivas
La junta visita la obra y se reúne periódicamente con las partes para conocer el avance y prevenir desacuerdos. A pedido de una parte, con asentimiento de la otra, emite opiniones consultivas.
Decisiones vinculantes
Si surge una controversia, cualquiera de las partes puede someterla a la junta, que la resuelve mediante una decisión vinculante y de cumplimiento inmediato desde su notificación.
Arbitraje posterior
La parte disconforme con la decisión puede someter la controversia a arbitraje dentro del plazo de caducidad. Mientras tanto, la decisión se cumple.